"La humanidad tiene medios para acabar con la pobreza"
"Feliz y juzgado o bien absuelto y miserable"
“No conocemos ninguna religión que no discrimine ... En ninguna de ellas a la mujer se le ha reconocido su libertad individual”
“Cuando se quiere la democracia, se quiere el feminismo”
"La nación tiene necesidad no sólo de lo que tenemos, sino también de lo que somos"
"Es mejor saber después de haber pensado y discutido que aceptar los saberes que nadie discute para no tener que pensar"
"Los hombres, aunque han de morir, no nacieron para morir, sino para innovar"
"Es dudoso que se pueda remediar esta lepra que nos mata sin antes suprimir los partidos políticos"
1. Tres generaciones de Derechos Humanos.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos fue aprobada el 10 de diciembre de 1948 por la asamblea general de las Naciones Unidas. En la actualidad se habla de tres generaciones de derechos humanos:
1. Los derechos de primera generación son los que exigieron los revolucionarios liberales de los siglos XVII y XVIII; son derechos civiles y políticos como libertad, seguridad, garantías procesales, el derecho al voto y a la propiedad.
2. Los derechos de segunda generación corresponden a las exigencias de los movimientos obreros: derechos económicos (protección contra el desempleo, salario digno o descanso), a la educación y al disfrute de los bienes culturales (sanidad y vivienda).
3. Los derechos de tercera generación han surgido debido a unos factores, por un lado, el cambio de valores de las sociedades y, por otro, la nueva organización nacional e internacional. Son, entre otros, el derecho a vivir en paz, a tener un medio ambiente no contaminado o el derecho al desarrollo de los pueblos que se encuentran en situaciones de atraso económico y cultural. También se engloban aquí los derechos de los niños, los derechos de los trabajadores emigrantes y los derechos de las minorías étnicas o religiosas.
2. Historia de los Derechos Humanos.
Se considera como un precedente de los Derechos Humanos la Carta Magna promulgada en 1215 por el rey inglés Ricardo “el Confesor”. En ella se establecían los límites del poder frente a los súbditos (“un hombre libre no puede ser detenido, ni encadenado, ni puesto fuera de la ley…”) y los juicios justos (“no vamos a ponerlo en cadenas si no es en virtud de un juicio según la ley del país”). Aunque este documento supuso un avance muy positivo, durante la Edad Media se continuó considerando la vida humana como algo con muy poco valor.
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